Protegiendo al trabajador ante el despido por causas objetivas
ESPAÑOL Una modificación que ha podido pasar desapercibida es la del artículo 53 del Estatuto de los trabajadores , este artículo hace referencia a la forma y efectos de realizar un despido por causas objetivas. El despido puede calificarse de la siguiente manera: Procedente: El trabajador recibe la indemnización que corresponda (por ejemplo, 20 días por año trabajado si es un despido objetivo) o, en algunos casos de despido disciplinario procedente, sin derecho a indemnización . Improcedente: La empresa debe readmitir al trabajador con el pago de los salarios dejados de percibir, o pagarle una indemnización mayor (generalmente 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades). Nulo: El trabajador debe ser readmitido inmediatamente en su puesto de trabajo y la empresa debe pagar los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la readmisión. Teniendo en cuenta esta clasificación, esta última modificación de dicho artículo p...